Desregularon los precios de las tarifas de celulares, internet y cable

Desde la fecha, “los licenciatarios de Servicios de celulares, internet y cable fijarán sus precios”, señala el Decreto 302/2024.

Mas Secciones - Economía 10/04/2024 El Departamental El Departamental
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Con el Decreto 302/2024 publicado este martes en el Boletín Oficial, el gobierno nacional desreguló las tarifas de celulares, internet y cable.
 
El Decreto 302/2024 establece que “los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.

Los prestadores de servicios de celulares, internet y cable fijarán precios "justos y razonables"
"Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”, informa el decreto 302/2024.

“Resulta de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios”, sostiene la norma. Ahora se espera la decisión de los prestadores para saber qué aumentos aplicarán en adelante.

El texto del decreto consigna que “resulta de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios”.

Con la derogación, el Gobierno modifica aspectos de la norma que regían hasta el último lunes. Por una parte, el párrafo que indicaba la regulación de la Autoridad de Aplicación en "las tarifas de los servicios públicos esenciales y estratégicos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia, las de los prestados en función del Servicio Universal".

Al mismo tiempo que advierte que los mismos “deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”. La norma anula la condición de "servicio público esencial y estratégico"

Esa Autoridad era el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), que ya no podrá interferir en los valores de las tarifas.

También se derogó el artículo 15 de la ley que reconocía “el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC”.

Ahora resta esperar el comportamiento de los prestadores de cara a los futuros aumentos que aplicarán en adelante.

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