La Justicia fundamentó la absolución de Sayago y Malagueño

Los jueces del Tribunal Oral de Santa Fe dieron a conocer los fundamentos de porqué absolvieron a la abuela de Maximiliano Sosa, el niño de tres años de la ciudad de Ceres que en 2015 desapareció y desde entonces nada sabe sobre su paradero.

Actualidad 24/02/2021 Por Ramiro Muñoz Por Ramiro Muñoz
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Se trata de Patricia Sayago, quien pasó más de cuatro años detenida con prisión preventiva tras haber sido acusada de haber sustraído al menor.
Por el caso también fue absuelto durante el debate quien para ese entonces era la pareja de Sayago, Ariel Malagueño: un chófer de ambulancia de la localidad de Montefiore, que también permaneció detenido casi cinco años y al cual, el fiscal del juicio se abstuvo de formular una acusación en su contra al momento de realizar el alegato.
Los fundamentos de la sentencia, que llevan la firma del juez Luciano Lauría y cuentan con el aval de sus pares María Ivón Vella y José María Escobar Cello, fueron a dados a conocer durante la tarde del viernes pasado. En los mismos, fueron desglosadas las pruebas que se expusieron durante el juicio que se desarrolló, a puertas cerradas, entre el 8 y 10 de febrero pasado en la sala de audiencias de Primera Junta y San Jerónimo.
En el escrito, se resalta que “la única certeza que dejó el debate fueron las dudas” y que de esas dudas “todos acuden a la necesidad, un tanto displicente, un tanto facilista, de encontrar en Patricia Sayago el <> que soluciona el terrible suceso”.
El fallo sostiene que a lo largo del juicio ningún testigo indicó “con certero destino” que la abuela de Maxi haya cometido una acción u omisión en pos de deshacerse y desaparecer al niño. “Nadie dijo aquí en la sala de debate que Patricia Daniela Sayago fue la responsable, con su actuación demostrada, constatada, advertida o acreditada, de este trágico hecho. Y si en sospechas fundamos la condena, debo decir que lejos de aquello la imputada se mostró en todo momento conmovida con lo sucedido, angustiada, inconsolable, queriendo encontrarle una respuesta a la ausencia de su nieto”, destacó la resolución.
Los argumentos de la absolución también hicieron hincapié en los cargos que le supieron atribuir a Sayago tanto en la investigación de la Justicia provincial, la de sustracción de un menor de 10 años, como la que siguió la Fiscalía Federal de Rafaela que elevó la causa a juicio. Para los jueces, tal acusación fue errónea ya que de lo develado a lo largo del debate no existieron las acciones típicas que prevé la norma que sanciona tal delito.
En otro tramo de los fundamentos, los jueces se refirieron a lo que fue la investigación, que primero se tramitó en la Unidad Fiscal N°5 de San Cristobal, a cargo de Emilce Fissore, y que luego fue remitida a la Justicia federal ya que desde el fuero provincial entendieron que existía el delito de trata de persona. (Aire de Santa Fe)

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