El ministro de Economía provincial, Pablo Olivares, replicó la amenaza proferida por su par nacional sobre recortar partidas a las provincias si la Ley Ómnibus no sale. "Que el método del látigo sea un mal recuerdo", contestó.
El aumento de tarifas no puede superar el aumento de salarios
Como todos sabemos, el proceso inflacionario en nuestro país lleva muchos años de una constante intensificación. Sin animo de señalar a nadie con el dedo, entre 2015 y 2019 Argentina se pasó de tener un salario promedio de quinientos ochenta y nueve dólares en noviembre de 2015 a doscientos veintiún dólares en agosto de 2019. .
Política 02/05/2021 Carlos Lucero Dr. Oscar Martínez*
Esto ha impactado brutalmente en el poder adquisitivo de la población, especialmente en la clase trabajadora y en los jubilados y pensionados. Lo mismo ocurrió en materia de consumo, los productos de la canasta básica de alimentos tuvieron en ese período un enorme desfasaje entre los aumentos que experimentaron y los ingresos de la población. Sólo a modo de ejemplo, en diciembre de 2018 los salarios aumentaron un 30,26% mientras que los productos de la canasta básica de alimentos subieron un 49%. Y se produjo una transferencia directa de los ingresos de los argentinos y las argentinas a las empresas prestadoras de servicios públicos. De hecho, en julio de 2017 los salarios aumentaron un 25 % contra un 45 % de los servicios y en diciembre del mismo año, los salarios aumentaron un 25 % contra un 131 % de los servicios. En el caso de la Empresa Provincial de la Energía desde el 2016 al 2021 se observó un aumento del 433%. Asimismo, en julio de 2018 hubo treinta puntos porcentuales de diferencia entre uno y otro -51% de aumento en las tarifas y 20% de aumento en los salarios- y en diciembre de ese año lo mismo que en julio de 2019 la diferencia fue del 18%.
En economía hay una máxima: a mayor inflación, mayor dispersión de precios. Así, cuando se superan los 25 puntos de inflación se pierden los precios de referencia, a punto tal que cuando eso ocurre, se puede encontrar un mismo producto al doble del valor según el barrio donde uno se encuentre. Y sucede que las tarifas de los servicios públicos son precios de referencia, por lo tanto aumentarlas más allá del incremento de los salarios puede generar un espiral inflacionario ascendente y difícil de frenar -como ya lo hemos visto en nuestro país tantas veces-, o un proceso de transferencia de recursos que afectan al consumo y al sano crecimiento de nuestra economía.
Modificar la matriz que fracasó, evitando empujar la inflación y espiralizando el proceso, significa que se debe establecer un salario por arriba de la inflación y una inflación por encima de las tarifas.
En función de esto, estamos convencidos de que la tarifa de los servicios públicos provinciales deben ser justas y razonables, respetando un equilibrio entre los ingresos de los trabajadores, jubilados y pensionados, la obligación del Estado de cubrir los costos operativos y las necesidades de inversiones para sostener la oferta de servicios indispensable para el crecimiento.
A fin de cumplir con este objetivo hemos propuesto la actualización de tarifas de agua potable y energía eléctrica que no supere en promedio el coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC (aumento promedio de salarios). Asimismo proponemos que las actualizaciones se realicen en tramos y coincidan con los segmentos de actualización acordados por la provincia con las entidades gremiales representativas de los trabajadores estatales, y que la aplicación de estos parámetros tengan efectos retroativos al 1 de enero del presente año.
Reconocemos el esfuerzo que está llevando a cabo el gobierno provincial y somos conscientes de que las tarifas están congeladas desde hace 26 meses. Pero, y más aun en tiempos de pandemia, no podemos repetir errores del pasado que impliquen construir desde las tarifas precios de referencia, que terminen impactando sobre la inflación y el alicaído bolsillo de los santafesinos y las santafesinas.
*Abogado. Diputado provincial del Frente Renovador-PJ
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