Confirmaron la prisión perpetua impuesta al autor del femicidio de Lorena Vanina Antivero 

Se trata de Ramón Alberto Palavecino, de 45 años, quien era la pareja de la víctima. Los camaristas Sergio Alvira, Cristian Fiz y Matías Drivet desestimaron los requerimientos planteados por la Defensa. La fiscal que representó al MPA en la audiencia de apelación es Ángela Capitanio.

Actualidad18 de diciembre de 2021Por Ramiro MuñozPor Ramiro Muñoz
Lorena Vanina Antivero
Lorena Vanina Antivero

Un tribunal de segunda instancia confirmó la condena a prisión perpetua impuesta a un hombre de 45 años, identificado como Ramón Alberto Palavecino, por la autoría del femicidio de su pareja, la sancristobalense Lorena Vanina Antivero, cometido en 2017 en Rafaela.
La resolución fue tomada por los camaristas Sergio Alvira, Cristian Fiz y Matías Drivet, a raíz de un recurso de apelación presentado por la Defensa del condenado en los tribunales rafaelinos. La fiscal que representó al MPA en la audiencia es Ángela Capitanio.

Validez del fallo
Capitanio señaló que “aunque la Defensa pidió la absolución de Palacios o que se disminuyera el monto de la condena, el Tribunal de Alzada no hizo lugar a ninguno de sus requerimientos”, y agregó que “tal como lo solicitamos desde la Fiscalía, confirmaron íntegramente el fallo del juicio oral y público de primera instancia”.
La fiscal del MPA explicó que “en la audiencia de apelación realizada, tanto el abogado defensor como el hombre condenado manifestaron que no estaba lo suficientemente acreditada la autoría del hecho delictivo”. No obstante, la fiscal aseguró que “en el debate de primera instancia quedó probado que Palavecino le quitó la vida a su pareja y así lo reflejan los fundamentos de la sentencia”.
Además, Capitanio aseveró que “el ilícito ocurrió en un marco de un sometimiento y maltrato constante del condenado hacia la víctima”. Al respecto, planteó que “si bien en reiteradas oportunidades la Defensa negó que hubiera habido un contexto de violencia de género, hay elementos contundentes de los padecimientos que sufría Antivero”.
Por otro lado, la fiscal subrayó que “la Defensa cuestionó la validez de lo resuelto en primera instancia porque uno de los miembros del tribunal participó del juicio a través de la plataforma Zoom”. Al respecto, aseguró que “dadas las medidas sanitarias dispuestas durante la pandemia, es frecuente que los magistrados asistan a las audiencias de forma remota”, y remarcó que “no hay dudas de que el fallo es válido”.

Asfixia
La funcionaria del MPA recordó que “el femicidio sucedió minutos después de las 13:00 del lunes 10 de julio de 2017 en una vivienda ubicada en calle Pueyrredón al 1.400 de Rafaela”.
Sostuvo que “Palavecino ejerció compresión en el cuello de Antivero con un elemento idóneo para quitarle la vida”, y agregó que “la mujer recibió además tres golpes en la cabeza que, en forma asociada a la asfixia, provocaron su fallecimiento”.

Delitos
Capitanio detalló que “Palavecino fue condenado como autor del delito de homicidio doloso doblemente calificado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre en contra de una mujer, mediando violencia de género (femicidio)”.
Asimismo, manifestó que “por ilícitos que el hombre de 45 años perpetró en perjuicio de la misma víctima antes de quitarle la vida, fue condenado como autor de lesiones leves dolosas calificadas (por el contexto de violencia de género); amenazas coactivas y amenazas simples”.

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