¿Carne de burro en las carnicerías?
Su visión nos permitirá entender los aspectos clave de este producto que pareciera asomar en las carnicerías argentinas.
1- A raíz de la noticia en Chubut, ¿está hoy realmente autorizada la comercialización de carne de burro para el consumo interno en nuestro país?
Actualmente, la comercialización de carne de burro para el consumo interno en Argentina es ilegal. Aunque recientemente los medios han informado de su venta en carnicerías de Chubut, esta se realizó bajo una modalidad de "ensayo piloto" o fase experimental, respaldada por el Ministerio de Producción de esa provincia, pero no cuenta con un marco legal que la avale a nivel nacional.
2- ¿Cuál es el estado actual del marco normativo en Argentina respecto a la producción y comercialización de carne de burro?
Yo ampliaría esta pregunta a la producción y comercialización de la carne de equinos, familia que incluye al burro y sus híbridos.
Si bien la Ley 24.525 declara de interés nacional la promoción de la producción de carne equina, familia que incluye al burro, el Código Alimentario Argentino en su Artículo 247 define genéricamente como "carne" a la de bovinos, ovinos, porcinos, caprinos, aves, animales de caza,
se incluyen a los animales silvestres de caza o criados en cautiverio, pescados, y otras. Pero no incluye a los equinos. Por lo que actualmente la comercialización de carne de equinos, como la de burro, para consumo interno en Argentina es ilegal.
3- ¿En otros países se consume legalmente la carne de equinos, como la del burro?
Sí, el consumo de carnes equinas, como la del burro, es legal y tradicional en varios países de Asia, Europa y África.
La faena de equinos en Argentina es una actividad regulada casi exclusivamente para el mercado de exportación, debido a que el Código Alimentario Argentino no incluye a esta especie como apta para el consumo doméstico habitual. A través de plantas frigoríficas habilitadas por el SENASA, ubicadas en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Rio Negro, el país procesa equinos como caballos y burros para enviar su carne a mercados internacionales como la Unión Europea y Japón.
La Resolución 461/2025 del SENASA establece un marco regulatorio integral para la faena de équidos(equinos) con destino a exportación.
4- ¿La carne de burro presenta ventajas sobre la carne vacuna?
Técnicamente, la carne de burro es mucho más magra y tiene un mayor contenido de glucógeno, lo que le da un ligero sabor dulzón, con niveles de grasa y colesterol significativamente más bajos, pero con una concentración de hierro que puede triplicar a la de los cortes tradicionales. Además, aporta una mayor cantidad de proteínas de alta calidad y de ácidos grasos - Omega 3.
En cuanto a sus características organolépticas, sorprende por su terneza, y presenta un color rojo más oscuro.
Según lo informado, la principal ventaja de la carne de burro sobre la de vaca es su bajo precio, posicionándose, junto a la carne de guanaco, como una “carne alternativa” económica frente al precio de la carne vacuna. Se estima un ahorro entre 50 y 70%.
5- Desde su experiencia, ¿qué impide que la carne de burro se convierta en Argentina en una opción cotidiana como la carne de vaca o la carne de pollo?
Entiendo que hay dos barreras principales: la cultural y la normativa. En nuestra cultura, el burro y el caballo son vistos como animales de trabajo o compañía, lo que genera un fuerte rechazo social al consumo. Por otro lado, tenemos la falta de normativa que legalice su comercialización y consumo. Para que esto ocurra, debería haber primero una modificación o ampliación del Código Alimentario Argentino en cuanto a este tipo de carne y sus productos derivados, y un marco de fiscalización que hoy, entiendo, se está debatiendo a raíz del caso en Chubut. Como organismo de control, en ASSAl siempre nos ajustamos a la ley vigente: si la normativa nacional cambia y se garantizan los estándares de sanidad, nuestra función será auditar que se cumpla, pero hoy el consumo interno no es una realidad legal establecida.
6 – ¿Hay algún aspecto adicional de su visión profesional que crea necesario destacar para cerrar esta entrevista?
Más allá de la curiosidad que despierta este caso, mi visión como profesional es que cualquier innovación en nuestra dieta debe ir acompañada, obligatoriamente, de un marco legal sólido. No se trata solo de habilitar un nuevo tipo de carne porque sea más económica o esté disponible, sino de garantizar que cada paso, desde el campo hasta el mostrador y la mesa del consumidor, cumpla con los estándares de inocuidad que protegen la salud. En el rubro alimenticio y en particular en el cárnico no hay margen para la improvisación; la confianza del consumidor se construye con transparencia, una fiscalización rigurosa y, sobre todo, con el respaldo científico que asegura que lo que llega a la mesa es un alimento seguro.
Agradecemos al Ingeniero Pomies por brindarnos su tiempo y compartir su experiencia en el sector. Su aporte, desde la gestión en la agencia local de ASSAl San Cristóbal y como profesional independiente, resulta fundamental para esclarecer un tema complejo y llevar tranquilidad a la comunidad a través de información técnica y responsable. Es un privilegio contar con profesionales locales de su trayectoria para analizar los desafíos actuales de la seguridad alimentaria en nuestra localidad y región.