Actualidad Por: El Departamental04 de septiembre de 2020

Histórico decreto de cupo laboral trans en el Estado nacional

Con la firma de Fernández, Cafiero y Gómez Alcorta, el Boletín Oficial publicó hoy el decreto 721/2020 que establece un cupo laboral del 1% para personas travestis, transexuales y transgénero, un reclamo de larguísima data de uno de los colectivos más vulnerados de nuestra sociedad.

El presidente, el jefe de Gabinete y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad dieron un paso histórico al firmar un decreto que establece que el 1% de los cargos de personal del Sector Público Nacional deberán ser cubiertos por personas «travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo». El Estado deberá realizar reservas de puestos de trabajo y de vacantes a tal fin, también deberá elaborar un registro para el empleo y deberá ofrecer capacitación en caso de ser necesario.

Las personas alcanzadas son todas «las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen». El Estado no podrá establecer límites especiales o requisitos de empleabilidad específicos al cumplimiento del cupo: podrán trabajar en cualquier área. Es de destacar que, considerando la situación concreta y real del colectivo, el requisito de de terminalidad educativa no es un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo. Sí se aclara que «si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación», entonces «se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos».

En los considerandos, el decreto hace suya una larga serie de reclamos del colectivo. Principalmente, destaca que «aun con los avances normativos en la materia, las personas travestis, transexuales y transgénero continúan teniendo dificultades para disfrutar del efectivo ejercicio del derecho a la salud, a la educación, a una vivienda digna, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, así como también a la protección frente al desempleo, sin discriminación alguna» y que «las trayectorias de vida de las personas travestis, transexuales y transgénero están atravesadas por la estigmatización, criminalización y patologización sistemática por una gran parte de la sociedad y de las instituciones».

En la letra del decreto se reconoce como de «vital importancia transformar el patrón estructural de desigualdad que perpetúa la exclusión de esta población que tiene una expectativa de vida de entre treinta y cinco (35) y cuarenta (40) años aproximadamente».

Cómo se va a hacer
El decreto crea un Registro de anotación voluntaria de personas travestis, transexuales y/o transgénero y una Unidad de coordinación interministerial, en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad. Esas son las dos herramientas básicas para lograr que el cupo laboral trans se transforme en realidad.

Entre otras tareas, como el armado de guías de sensibilización y cursos de capacitación para el personal ya empleado del Estado nacional, la Unidad de coordinación tendrá a su cargo la elaboración de un Plan de Implementación de las disposiciones del decreto.

Por otro lado, el Registro de Personas Travestis, Transexuales y/o Transgénero Aspirantes a Ingresar a Trabajar en el Sector Público Nacional es, justamente, eso: el listado de personas que aspiran a trabajar en el Estado. Según establece el decreto, se adoptarán «las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales».

En el Registro constarán «los perfiles laborales de las personas inscriptas en el mismo y se pondrá a disposición de las Jurisdicciones y Entidades», que informarán al Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad «los puestos de trabajo vacantes y las ofertas de contratación de personal disponibles». En el ámbito del Ministerio se efectuará también el «el seguimiento de la cantidad de cargos cubiertos con personas travestis, transexuales y transgénero», respecto de los totales de cargos de la planta permanente y transitoria y el total de los contratos existentes del Sector Público Nacional, en función de evaluar si el cupo se está cumpliendo o no.

Fuente: Pausa

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