El Gobierno de Avellaneda llevó adelante hoy, jueves 3 de octubre, el acto recordatorio de un nuevo aniversario del nacimiento del Dr. Nicolás Avellaneda, cuyo monumento se encuentra emplazado en la Plaza Central de nuestra ciudad.
Las obras sociales deberán cubrir la atención y las terapias de las víctimas de violencia de género
Tras la reglamentación de la Ley Nacional N° 27.696, todas las obras sociales deberán incluir en el Programa Médico Obligatorio (PMO) la cobertura de prácticas preventivas y terapéuticas para un abordaje integral de las personas que son víctimas de violencia de género.
Actualidad21/08/2023Carlos Lucero(Fuente Aire de Santa Fe) El Gobierno nacional reglamentó la Ley N° 27.696 que incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) la cobertura de prácticas preventivas y terapéuticas para un abordaje integral de las personas que son víctimas de violencia de género.
A través de esta norma “las obras sociales y las prepagas quedaron obligadas a brindar terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas y toda otra atención que resulte necesaria o pertinente" a víctimas de violencia de género.
El Programa Médico Obligatorio (PMO) es una canasta básica de prestaciones obligatorias para todas las prepagas y obras sociales, es decir las que tiene que cubrir como mínimo en cualquiera de sus planes como por ejemplo el Plan Materno Infantil, programas de prevención de cánceres femeninos, rehabilitación, cuidados paliativos, entre otros.
La mirada de la ley en Santa Fe
Desde el Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad de Santa Fe consideraron que esta normativa es un "avance" importante. Luciana Dallasta, directora del Sistema de Protección Integral contra las violencias del centro-norte, dijo a AIRE que "es importante porque busca ordenar las prácticas actuales en relación al acompañamiento y la prevención de las prácticas de violencia que se pueden dar".
Para acceder a esta cobertura, quienes la requieran deberán contar con constancia de persona asistida en las áreas, instituciones y organizaciones con competencia en la atención de personas en situación de violencia por motivos de género.
En tanto, explicó que con esta ley "se puede visibilizar el proceso que viene después del inicio de ruta crítica". Dallasta indicó que la situación de violencia no termina con una orden de restricción, un botón de pánico o alguna medida judicial.
"La violencia tiene un impacto que es necesario visibilizar a través de políticas públicas, abordarlo, protocolizarlo y darle entidad", consideró.
En cuanto a su implementación, la funcionaria aseguró que en Santa Fe "hay un marco suficiente a través del Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad y un sistema de protección que está en condiciones de llevar adelante los protocolos necesarios".
Por su parte, el secretario de Salud de la provincia, Jorge Prieto, confirmó a AIRE que "a partir de la Ley N° 27696, a través de las obras sociales, se va a asistir y abordar de manera completa las situaciones de violencia de género que incluyen prácticas preventivas y terapéuticas. Serán prácticas obligatorias, y deberán estar garantizadas".
Qué ocurre con los afiliados de Iapos en Santa Fe
El director de Iapos, Oscar Broggi, explicó a este medio que “al igual que con la ley de los 1.000 días, esta obra social ya cuenta con una cobertura y un programa de asistencia en situaciones de violencia de género así como de atención a personas por este motivo”.
En este caso, las afiliadas pueden acceder a esta asistencia solicitando turno en cualquier de sus centros prestadores y no necesitan tener derivación médica, denuncia o autorización previa de la obra social. En el caso de la ciudad de Santa Fe, deben acercarse a República de Siria 4091 o contactarse al (0342) 155 313 114.-
Quienes necesiten de esta asistencia deben acercarse a República de Siria 4091, en la ciudad de Santa Fe, o contactarse al (0342) 155 313 114.
De acuerdo a la información publicada en el sitio oficial de Iapos, el abordaje consta de dos etapas: la primera incluye la asistencia en situaciones de violencia que tiene por objeto la recepción inicial y la atención psicológica integral que estará a cargo de un equipo multidisciplinario conformado por una médica, una psicóloga y una trabajadora social.
La segunda, en tanto, es una etapa de seguimiento que tiene por objeto contemplar la evolución de la afiliada y del caso en su integralidad, por parte del equipo interdisciplinario.
En este sentido, Broggi aseguró que “todas las prácticas que contempla la ley ya están vigentes en la obra social” pero adelantó que se está trabajando en “darle formato de programa para que la asistencia se amolde a la norma vigente”.
Qué indica la ley N° 27.696
La Ley N° 27.696 o Ley de Abordaje Integral de Personas Víctimas de Violencia de Género fue reglamentada el pasado 10 de agosto y contempla la inclusión en el PMO de las obras sociales nacionales "un protocolo para el abordaje integral de personas víctimas de violencia de género a través de la cobertura total e integral de las prácticas preventivas y terapéuticas".
En esa línea se incorporarán todas las "terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas, y toda otra atención que resulte necesaria o pertinente".
A partir de esta ley, están obligados a brindar cobertura como prestación obligatoria las obras sociales, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
También el Instituto de la Obra Social de las Fuerzas Armadas y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, y todos aquellos agentes que brinden servicios médico-asistenciales a sus afiliados.
El Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación y reglamentación de la normativa, por lo que deberá elaborar un Protocolo para la Atención Integral de la Salud de las personas ante situaciones de violencia por motivos de género.
Además, dictará las medidas complementarias que resulten necesarias para hacer efectiva la cobertura total de las prestaciones, principios activos y dispositivos médicos. Junto con el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, la cartera de Salud llevará adelante las medidas necesarias para la capacitación y efectiva implementación del Protocolo.
Cómo acceder a la cobertura
Para acceder a esta cobertura, quienes la requieran deberán contar con constancia de persona asistida en las áreas, instituciones y organizaciones de la sociedad civil con competencia en la atención de personas en situación de violencia por motivos de género de las jurisdicciones nacionales, provinciales y locales, o la constancia de registro en el Sistema Integrado de Casos de Violencia por Motivos de Género (Sicvg).
Cómo acompañar a una mujer que está atravesando una situación de violencia de género
Las amigas, vecinas o familiares que rodean a una mujer que está atravesando una situación de violencia de género pueden ayudarla y acompañarla a salir de ese tipo de situaciones. “Estar atentas y alertas es la clave, porque a cualquiera nos puede pasar”, dice Florencia Costa, directora de Mujeres y Disidencias de la Municipalidad de Santa Fe.
La violencia de género tiene distintos tipos de manifestaciones.
La violencia física es cualquier tipo de maltrato o agresión que afecte su integridad física.
La violencia sexual es vulneración del derecho a decidir sobre su vida sexual o reproductiva (si la obliga a tener relaciones sexuales o a no usar protección, si no la deja tomar anticonceptivos).
La violencia psicológica es la que causa daño emocional, disminuye la autoestima y perjudica el pleno desarrollo personal de la mujer. (Si le controla o revisa el celular, si le dice qué ponerse y qué no, si no la deja que se corte el pelo, si la humilla adelante de otras personas o hace chistes).
La violencia económica y patrimonial se manifiesta en control sobre los ingresos de la mujer que genera un daño en sus recursos económicos (si le controla los gastos, si la obliga a darle lo que gana por su trabajo para administrarlo).
La violencia simbólica: mensajes, valores y roles que transmiten y reproducen relaciones desiguales.
Costa indicó que las mujeres que acompañan a quienes están atravesando situaciones de cualquier tipo de violencia tienen que poder escuchar y ser pacientes, además de mostrar las herramientas que tienen a mano para superar estas situaciones.
“No sirve de nada juzgar, porque la persona no está pudiendo salir y tiene que saber que si enfrenta el problema va a haber alguien que la van a bancar. Creo que las palabras que hay que decir son 'contás conmigo', porque lamentablemente no se sienten merecedoras de ningún tipo de amor, porque eso lo que le hace creer la pareja”, expresó.
En tanto, dijo que si son de la ciudad de Santa Fe pueden acercarse a las oficinas de la Dirección de Mujeres y Disidencias de la Municipalidad ubicada en Las Heras 2883 (de 8 a 18) y recibir asesoramiento. También pueden comunicarse a la línea nacional 144 donde pueden realizar consultas y evacuar todas las dudas.
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