Covid-19: Villa Minetti retrocedió de fase
Lo confirmó el periodista Roberto Diaz, en Máxima FM. Villa Minetti reportó ayer martes 14 positivos, cifra récord para el testeo de 24 hs desde el inicio de la pandemia.
Diaz marcó que «el índice está en 2.33 mientras que el promedio de la provincia se ubica en 1.3. La cifra de multiplicación de casos es terrible. Por este motivo se cierra todo desde las 7 de la tarde».
En el departamento 9 de Julio, todavía fuera de semáforo rojo epidemiológico puede cambiar esa situación en estas horas. «Ya ha habido contactos con miembros de salud del Hospital Tostado, y el ministerio de la provincia porque desde Villa Minetti hay muchas personas que están siendo atendidas en Tostado con neumonías graves».
Roberto Diaz dijo que «hay irresponsabilidades de mucha gente, primero algunos no se quieren hisopar, y por otro la gente positiva Covid que no hace aislamiento. Por eso se está pidiendo más policías para controlar que todos cumplan el aislamiento porque a esto no lo paramos más».
LA ORDENANZA
ARTICULO 1º) Prohibir a partir de las cero (00) horas del día 13 de Mayo de 2021. y por el término de catorce (14) días corridos salir de su domicilio a toda persona que hubiere tenido contacto con un caso confirmado de Coronavirus COVID-19.
ARTICULO 2) Se dispone, con carácter preventivo, y por el plazo establecido en el Articulo1º) de la presente Ordenanza, la suspensión efectiva de las siguientes actividades:
Eventos y reuniones sociales en lugares abiertos o cerrados que aglomere personas, sean de carácter público o privado, incluyendo las reuniones familiares o de personas relacionadas afectivamente.
La concurrencia y permanencia de grupo de personas en espacios públicos, sean cerrados o al aire libre. Suspensión total y sin excepciones de toda actividad deportiva, religiosa, cultural, social, artística o similar, sean en espacios cerrados o al aire libre.
Los comercios mayoristas y/o minoristas de mercaderías y que sólo se limiten a actividades esenciales funcionaran en la franja horaria desde las nueve (09.00) horas hasta las diecinueve (19.00) horas sin excepción. La concurrencia de personas a bares, restaurantes, heladerías, rotiserías, maxikioscos y similares, los que sólo podrán trabajar por el sistema de delivery, y el horario limite de cierre para los mismos serán las veintidós (22.00) horas.
ARTICULO 3º) Quedan sin efecto todos los permisos y autorizaciones otorgadas oportunamente por esta comuna para la realización de cualquier tipo de actividad, que no sea de las consideradas esenciales.
ARTICULO 4°) Los comercios deberán adoptar las medidas higiénicas y preventivas para
evitar la propagación del virus (acceso al alcohol en gel) y garantizar la limpieza y desinfección del espacio y muebles de trabajo periódicamente.
ARTICULO 5°) Las medidas dispuestas en la presente Ordenanza se consideran como las
adoptadas para el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, por el plazo establecido, el que se podrá prorrogar si los niveles de contagio y multiplicidad de casos se mantiene, conforme las facultades que otorgan los Decretos nacionales y provinciales a esta Comisión Comunal.
Fuente: Ceres Ciudad
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