Actualidad Por: Noelí Rojas05 de mayo de 2023

La provincia homologó a nivel nacional la prórroga de la Emergencia Agropecuaria por sequía en todo el territorio santafesino

El último decreto provincial fue presentado durante el encuentro de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEYDA).

En la reunión de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEYDA), convocada por el Ministerio de Economía de la Nación, y en la que participó la provincia a través del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, se solicitó que se homologue el último decreto provincial Nº 627/23. Este decreto prorroga el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario desde 1 de junio de hasta el 30 de septiembre de 2023 por el evento de sequía para todas las explotaciones agropecuarias y en todo el territorio provincial.Al respecto la secretaría de Agroalimentos, María Eugenia Carrizo ,quien participó de la Comisión Nacional, destacó: “La homologación a nivel nacional es un procedimiento que cada la provincia debe realizar cada vez que se  emite un nuevo decreto de Emergencia. La homologación nacional le permite a los productores santafesinos sumar a los beneficios de carácter provincial, los beneficios fiscales nacionales en el marco de la ley de Emergencia Agropecuaria nacional. Estos alivios fiscales permiten al productor contar con otra ayuda para el reinicio del próximo ciclo productivo. Cabe destacar que en un plazo aproximado de 20 días se emitirá la nueva Resolución ministerial donde se homologará dicho decreto”.

“Por otra parte, -continuó- a la fecha, la cantidad de productores que han decidido solicitar los beneficios nacionales y provinciales es extraordinaria: más de 13.000 declaraciones juradas de daños a nivel provincial y más de 1.000 productores realizaron gestiones ante la AFIP para gozar de los beneficios”, detalló.

PRÓRROGA DE LA EMERGENCIA AGROPECUARIA
El Decreto N° 627/23, prorroga el estado de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 1 de junio de 2023 y hasta el 30 de septiembre de 2023 para todas las producciones agropecuarias y extendió la fecha límite para la presentación de declaraciones juradas de daños hasta el 30 de junio de 2023.

Es importante destacar que este decreto establece que los productores agropecuarios que cuenten con Certificado de Emergencia Agropecuaria emitidos en el marco de los decretos 0020/22, 0080/22 -y que fueron prorrogados y mantuvieron su condición (Emergencia Agropecuaria)- en el decreto N° 2476/22, pasarán automáticamente su condición a desastre agropecuario sin necesidad de realizar ningún otro trámite administrativo y con esa condición accederán a la condonación del Impuesto Inmobiliario Rural.

Por otra parte, los productores agropecuarios que aún no hayan solicitado certificados de Emergencia o Desastre a la fecha, deberán iniciar el trámite respectivo a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (SISAGEA), completando un formulario a modo de declaración jurada por medio del cual detallarán las pérdidas sufridas a los fines de ser evaluados y, en caso de corresponder, se procederá a la emisión del certificado correspondiente. Para ello tienen tiempo hasta el 30 de junio de 2023.

A QUIÉNES COMPRENDE
Productores agropecuarios cuyas explotaciones se encuentren ubicadas en distritos de los departamentos de la Provincia de Santa Fe, que se encuentren inscriptos en Registro Único de Producciones Primarias (RUPP).

BENEFICIOS
Los productores que hayan visto afectada su producción entre el 50% y el 80%, serán considerados en estado de Emergencia Agropecuaria y recibirán una prórroga del pago del Impuesto Inmobiliario Rural. Por otra parte, aquellos que hayan tenido entre el 80% y el 100% de daños, entrarán en la categoría de Desastre Agropecuario y serán eximidos del pago del Impuesto Rural.

Asimismo, el decreto dispone que la Administración Provincial de Impuestos (API) emita certificados de crédito fiscal en carácter de devolución, cuando los productores poseedores de certificados de desastre agropecuario hubieran abonado las cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural o Urbano, que debieron estar condonadas.

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