Actualidad Por: Carlos Lucero20 de junio de 2020

La Provincia solicitó la intervención de Vicentin S.A

La Provincia de Santa Fe, a través de la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ),  de la secretaria de justicia del ministerio de gobierno  mediante Resolución 530 del día 18/6/2020, solicitó al Juez de Reconquista, donde se tramita el Concurso de Acreedores de la firma Vicentín SA, la intervención de dicha sociedad, conforme a las facultades que dicho organismo posee en los términos de la Ley Nacional General de Sociedades (19550) y Ley 6926 de la Pcia. de Santa Fe.-

Entre sus fundamentos consideró que la profusión de actividades empresarias que realiza la concursada, su incidencia en el mercado interno y -especialmente- como exportadora exteriorizan su magnitud y consiguiente influencia en la economía de la Provincia y de la Nación; no limitándose a lo económico  sino que tiene derivaciones laborales, sociales y hasta demográficas en casi todo el perímetro nacional, pero en especial en nuestra región.

 Entiende que la eficacia de un futuro salvataje resultará directamente relacionada a que produzca y genere recursos para atender a sus acreedores, interesando así al interés general, donde gran parte son productores agropecuarios y prestadores de bienes y servicios domiciliados en la Provincia de Santa Fe.

 Que el interés general, en cuanto al rescate de la sociedad, tiene en el caso un contenido amplio que impone el compromiso con la continuación de la empresa mediante la obtención de una salida que prevea la satisfación de todos los intereses en juego, privados y públicos.

 Que los miembros naturales integrantes del órgano de administración no están en condiciones de conducir tan compleja situación. Es durante su gestión que se ha producido la cesación de pagos y además existen numerosas denuncias en curso en el país y en el extranjero, que los colocan en un grado de sospecha cuya dilucidación demandará un tiempo con el que no se cuenta, en orden a preservar la empresa.

 Que se trata de una solicitud basada en normas y principios administrativos, distinta de la prevista en los artículos 113 a 117 de la ley 19.550. No es una acción para resolver conflictos societarios, sino que tiene fundamento en el interés público, en orden a la preservación de la empresa a través del rescate de la misma.

 Es por ello entonces que la Provincia de Santa Fe, en consonancia con la Nación tiene expreso interés en buscar la alternativa más eficiente para alcanzar la continuidad de Vicentín SA en tutela no sólo del fin natural de su empresa, sino además en resguardo del bien común que innato y natural al interés público que la Provincia de Santa Fe, y sin dudas la Nación toda procura su salvataje mediante la reformulación de un nuevo camino regular.-

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