
Festram acató la conciliación obligatoria
Asistió a la audiencia en el Ministerio de Trabajo.


Posición del sindicato sobre la ubicación del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal en la Reforma Constitucional.
Mas Secciones - Gremiales22 de julio de 2025
El Departamental
El comunicado:
Desde el Sindicato tenemos una gran expectativa sobre la Nueva Constitución Provincial como pacto social de los santafesinos, de convivencia y de garantía de los derechos laborales. Entendemos que el Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, de ser reconocidos en la nueva constitución, deben serlo dentro del Poder Judicial, para que no pierdan la protección de integrar uno de los poderes del estado provincial, con todo lo que ello implica. De no ser así, de crearse la figura del extra poder, en vez de fortalecerse la Autonomía Funcional y Autarquía Financiera de estos, las mismas se verán debilitadas para ser sometidas en el futuro al poder político de turno, o a una mayoría circunstancial que pondrá en peligro, el ejercicio de los derechos y garantías consagrados en la Constitución, la propia división de poderes y en particular los derechos laborales de quienes integramos esos Ministerio Públicos, sean Fiscales, Defensores, funcionarios y empleados.
La Autonomía Funcional y la Autarquía Financiera, podrán estipularse con rango constitucional, sin perjuicio de que hoy en día dichos Ministerios ya las gozan por su ley de creación. En tal sentido, no conocemos expresión alguna de la actual titular del MPA Dra. Cecilia Vranicich o de los ex- titulares Dres. Julio De Olazábal y Jorge Baclini, sobre alguna limitación en el ejercicio de la acción penal y/o en la planificación de la política de persecución criminal; y en el mismo sentido no escuchamos expresión alguna de la Dra. Estrella Moreno Robinson o de los ex – titulares Dr. Gabriel Ganón y Jaquelina Balangione de la existencia de limitaciones para el cumplimiento de la defensa en juicio, con el debido proceso, las garantías constitucionales o con relación al tratamiento penitenciario de las personas privadas de libertad y/o sujeta a proceso penal A su vez, la AUTARQUÍA FINANCIERA con relación a la plantilla de personal y a la asignación de recursos para gastos de funcionamiento y capital, son asignados por la ley de presupuesto anual, en la cual intervienen en su sanción el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, no teniendo injerencia alguna el Poder Judicial para configurar la cantidad de empleados y los recursos presupuestarios para su funcionamiento.
Es por ello, que no es cierto que actualmente no gozan de Autonomía Funcional y Autarquía Financiera, muy por el contrario, la designación de personal se ajusta a derecho. Los santafesinos sabemos que Fiscales y Defensores son designados por el Poder Ejecutivo de Turno con acuerdo legislativo, los funcionarios por concurso público a propuesta de los titulares del MPA y del SPPDP, el personal administrativo por concurso público para todo el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, el personal de maestranza y servicio a propuesta de las titulares del MPA y SPPDP y tienen además el derecho de designar por concurso especial a cualquier persona que sea necesaria para el cumplimiento de sus fines, con cargo de funcionario o personal administrativo bajo los requisitos de su propia autonomía.
Por ello entendemos que, de corresponder una mayor Autonomía y Autarquía con rango constitucional, la misma deberá darse bajo el paraguas o dentro del Poder Judicial, UNICA GARANTÍA DE INDEPENDENCIA FUNCIONAL Y DEMOCRÁTICA, al servicio del pueblo santafesino. Pero además del riesgo de la sumisión de estos Ministerios en el caso de ser extra poder al poder político de turno, sin contar con los contrapesos institucionales de controles republicanos, vemos como gran peligro el avasallamiento de inmediato de los derechos laborales de Fiscales/as, Defensores/as, Funcionarios/as y empleados/as, que verán condicionados su régimen salarial y la carrera judicial que tanto costó para todos los integrantes del Poder Judicial.
En tal sentido, es voluntad de los trabajadores y trabajadoras seguir perteneciendo al Poder Judicial y no escindirse de él, pues ingresaron con pleno derecho y como opción de vida a un Poder del Estado para desarrollarse como persona humana y en familia y en progreso de toda la comunidad. La futura ley pregonada en el articulado a considerar por los constituyentes, nada garantiza sobre la equiparación salarial con el Poder Judicial y mucho menos la carrera judicial que hace al respeto del histórico escalafón de promoción y ascenso y a la posibilidad de acceder a mayores cargos con subrogancias en diferentes órganos jurisdiccionales y de gestión, en el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.
Por tanto, estando en juego la democracia (posible y probable sumisión de estos Ministerios al poder de turno), la división histórica de los tres poderes (creando un extra-poder) y muy especialmente los derechos laborales de los trabajadores y
trabajadoras judiciales, expresamos que la única solución viable a este planteo de mayor Autonomía y mayor Autarquía debe ser resuelta en el marco de su pertenencia al Poder Judicial, única garantía de independencia y de un freno a probable o posibles posturas antidemocráticas de futuros gobernantes. En tal sentido instamos a todos los santafesinos y santafesinas a que acompañen alos trabajadores judiciales para que estos Ministerio Públicos continúen con mayor fortaleza en el cumplimiento de sus fines, pero dentro del Poder Judicial y la continuidad de los derechos laborales de quienes ingresaron a prestar tareas. Esperamos y creemos que como lo señala el actual art. 20 de la Constitución
Provincial, el trabajo debe ser protegido y por tanto sabrán entender los convencionales constituyentes que la actividad judicial de los Ministerios Públicos y los trabajadores/as deben ser escuchados para llevarle tranquilidad a sus familias y a toda la Provincia de Santa Fe.

Asistió a la audiencia en el Ministerio de Trabajo.

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