Un fallo de la Cámara confirmó al juez Lorenzini al frente del concurso de Vicentin

El tribunal estuvo integrado por los camaristas Santiago Dalla Fontana (presidente del cuerpo), Alejandro Román y Beatriz Abele, quienes decidieron que el expediente continúe en el juzgado de origen.

Mas Secciones - Empresa 30/06/2020 Carlos Lucero Carlos Lucero
lorenzini

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista confirmó al juez Fabián Lorenzini al frente del expediente que se tramita por el concurso de acreedores iniciado por la firma Vicentin Saic. El magistrado había sido recusado por La Clementina SA, que esgrimía dudas sobre la imparcialidad de Lorenzini ya que éste fue durante 20 años abogado del Banco Nación, otro de los acreedores de Vicentin. Sin embargo, el tribunal de alzada sostuvo que "los jueces sólo son recusables cuando medie causa legítima con el síndico o el deudor, carácter que no reviste el B.N.A" y ratificó a Lorenzini.
 
El tribunal está integrado por los camaristas Santiago Dalla Fontana (presidente del cuerpo), Alejandro Román y Beatriz Abele. En su resolución, los magistrados citan un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la provincia, que establece que "la existencia de causa de recusación o excusación con relación a algunos acreedores (y, atendiendo, además, al número de éstos) no puede provocar el desplazamiento del juez (...)" y sostienen que "hallándonos ante un proceso universal, en el cual participan gran cantidad de personas interesadas, el criterio para la recusación debe ser estricto, siendo acertada su limitación a cuando exista causal con alguno de los síndicos o con el deudor, por la relevancia y necesariedad que tienen éstos en el proceso. En cambio, de abrirse las posibilidades de recusación o excusación más allá de tales límites 'resultaría prácticamente imposible dar con un juez que pueda intervenir en la causa'".

Los camaristas también sostuvieron señalaron que para que fuera precedente la recursación presentada por La Clementina SA, debía cuestionarse la constitucionalidad del artículo 17 inciso 5 del Código Procesal Penal de la Provincia, según el cual "sólo el deudor o el síndico tienen legitimación para recursar al juez concursal. De lo contrario, atentaría contra el carácter universal del proceso concursal. La única excepción estaría dada en la posibilidad de excusación en caso de parentesco del juez con un pretenso acreedor", condición que no se verifica en este caso en particular.

 Con esta resolución judicial, el expediente del concurso de Vicentin seguirá en el juzgado de origen.

Asesor legal
El juez Fabián Lorenzini trabajó durante 20 años (entre 1999 y 2018) como asesor legal de la sucursal Reconquista del Banco Nación. En el marco de esa función, firmó resoluciones que involucraban a empresas de ese grupo, tales como Buyanor S.A., Biogas Avellaneda y Renopack.

Fuente: AireDigital



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