Alumnos de la UNL podrán realizar presencialmente las prácticas finales de Medicina Veterinaria.

Además, el decreto 644, firmado por el gobernador Perotti, autoriza el desarrollo de exámenes finales individuales presenciales en la Escuela Superior de Música.

Mas Secciones - Educación22 de julio de 2020Carlos LuceroCarlos Lucero
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El gobierno de Santa Fe, mediante el decreto Nº 644 firmado por el gobernador Omar Perotti, autoriza a la Universidad Nacional del Litoral (UNL) al desarrollo de actividades de formación presenciales en la carrera de Medicina Veterinaria y de exámenes finales presenciales individuales en la Escuela Superior de Música.

La norma establece que los alumnos que se encuentran finalizando la carrera de Medicina Veterinaria podrán realizar, de manera presencial, las prácticas obligatorias en el Hospital de Grandes Animales y en las Unidades Productivas de la Facultad de Ciencias Veterinarias.

Asimismo, autoriza a la UNL a la realización de exámenes finales individuales de la Escuela Superior de Música, exclusivamente para las asignaturas Piano Aplicado /IAA Piano, Viola , Clarinete, Contrabajo, Flauta, Percusión, Violín, Violonchelo, Técnicas de Sonorización y Grabación, Trombón, Saxofón, Canto o Instrumento Principal: Canto, Contrabajo, Flauta, Guitarra, Piano, Percusión, Guitarra, Piano, Canto y Práctica de estudio.

En ambos casos, se deberá garantizar el estricto cumplimiento de los Protocolos de Bioseguridad (general y específico) presentados por el Rectorado de la Universidad al Poder Ejecutivo.

Además, las autoridades universitarias deberán disponer un sistema de turnos para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes a las instalaciones; garantizar la adecuada ventilación de los ambientes y el debido distanciamiento social entre los integrantes del cuerpo docente, los alumnos y entre sí; así cómo garantizar la desinfección del calzado y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente.

Por último, las actividades no deben implicar asistencia simultánea de más de diez personas, incluidos docentes, no docentes y alumnos, y limitar la densidad de ocupación de espacios a una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable.

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