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Así lo dispuso por unanimidad el tribunal integrado por los camaristas Sergio Alvira, Cristian Fiz y Matías Drivet. El hecho ílicito fue cometido en 2018 por José Alberto Córdoba, quien fue condenado en diciembre del año pasado en un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de San Cristóbal. La fiscal que investigó los hechos y que representó al MPA es Favia Burella.
Mas Secciones - Judiciales26 de agosto de 2021Confirmaron en segunda instancia la prisión perpetua impuesta a un hombre como autor del femicidio de María Luisa Retamozo cometido en 2018 en Suardi (departamento San Cristóbal). Así lo dispusieron por unanimidad los camaristas Sergio Alvira, Cristian Fiz y Matías Drivet a raíz de la apelación presentada por la Defensa.
La fiscal que investigó los hechos y que representó al MPA en esta etapa del proceso penal es Favia Burella. Según informó, “el condenado es José Alberto Córdoba de 62 años, a quien se le impuso la pena de prisión perpetua en un juicio oral que se desarrolló en diciembre del año pasado en San Cristóbal”.
En aquella oportunidad, el debate y la resolución de la pena estuvo a cargo de los jueces José Luis Estévez y Cristina Fortunato y del conjuez Ricardo García. Burella recordó que “se determinó la culpabilidad del condenado por la autoría del delito de homicidio doloso doblemente calificado, por mediar violencia de género y por haber mantenido una relación de pareja con la víctima”.
Sobre la resolución de segunda instancia, la funcionaria del MPA precisó que “los camaristas no hicieron lugar a los agravios presentados por la Defensa y resolvieron confirmar la pena a prisión perpetua, así como la misma calificación penal que le había sido atribuida a Córdoba”.
Fundamentos
La fiscal se refirió a uno de los agravios presentados por la Defensa y expuso que “argumentaron que el contexto de violencia de género en el que estaba la víctima había sido ‘construido’”. En ese sentido, explicó que “los camaristas entendieron que la forma en la que murió Retamozo puede explicarse por la relación de pareja que tenía con el condenado, un vínculo en el que habían abundado golpes violentos contra la mujer”.
Burella hizo hincapié en que “si bien se consideró este escenario de violencia, el tribunal entendió que fue determinante el material probatorio respecto de la hora y fecha de muerte”. Al respecto, puntualizó que “la Defensa expuso que un testigo había visto con vida a la víctima luego de la fecha en la que ocurrió el femicidio, agravio que desestimaron los magistrados”.
Respecto de la autoría del hecho por parte del condenado, la fiscal detalló que “los camaristas analizaron los minutos previos a la muerte y, por las pruebas que ya se habían presentado, confirmaron que Córdoba pactó un encuentro con Retamozo y que la pasó a buscar en su motocicleta para luego darle muerte”.
Golpe certero
La funcionaria del MPA precisó que “el femicidio fue perpetrado durante la mañana del miércoles 21 de marzo de 2018”. Relató que “Córdoba pasó a buscar a Retamozo a bordo de una motocicleta y se dirigieron juntos por la ruta provincial número 23 hasta una zona rural en jurisdicción de Suardi".
Burella indicó que “el condenado atacó a la mujer en un lugar descampado al que llegaron en el rodado” y concluyó que “le propinó un golpe certero en la cabeza con un objeto y le produjo la muerte”.
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