Paso 2023: seis claves para evitar y resolver imprevistos a la hora de votar

Padrón, boletas y documentos. Todas las dudas que pueden aparecer este domingo.
Actualidad09 de agosto de 2023Noelí RojasNoelí Rojas
URNA-ELECCIONES

Quedan pocos días para entrar al cuarto oscuro a votar en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) de 2023. En el momento de la votación pueden surgir varias dudas sobre el acto electoral, como aquellas relacionadas con el padrón o con la documentación necesaria para poder ejercer el derecho; o ciertos imprevistos relacionados con las boletas.

Qué se puede hacer en estas situaciones y qué hay que tener en cuenta al momento de ir a votar.

1. ¿Dónde voto y qué pasa si no figuro en el padrón electoral?
Desde el 14 de julio último, se puede consultar el lugar de votación de las PASO en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).

Para la consulta, el elector debe introducir su número de documento, su género, el distrito donde vota e ingresar un código verificador. Con esos datos, el sistema le informará nombre y dirección de la escuela donde va a votar, el número de mesa y el número de orden que le corresponde.

También se puede consultar el padrón electoral llamando a la línea gratuita 0800-999-7237. Como en el sitio web, al llamar también hay que indicar número de DNI y género. Si la persona está inscripta en el padrón, se le informará la sede de votación, el número de mesa y la orden.

Si al llegar a la mesa de votación el nombre del votante no figura en el padrón, se puede hacer un reclamo a través de la página en la que se consulta el padrón o a través del número telefónico (0800-999-7237).

De todas maneras, desde la CNE indicaron a Chequeado -medio que, junto con AFP, coordina la alianza Reverso- que el reclamo no impactará en las elecciones de 2023, y que la rectificación recién se verá en las de 2025. Es decir, si el nombre no aparece en el padrón, no se podrá votar en estos comicios. Para que los reclamos impacten en estas elecciones ya se cumplieron los tiempos previstos.

En caso de tener 16 años y no figurar en el padrón, es posible que no se haya realizado la actualización del DNI (que se debe efectuar a partir de los 14 años), o se haya realizado luego del cierre del padrón provisorio. También puede ocurrir que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) no haya remitido a la CNE la información correspondiente para incluir al elector.

2. ¿Con qué documentos puedo votar?
Para votar sin problemas, cada ciudadano deberá presentarse en la mesa que le fue asignada con cualquiera de los siguientes documentos: libreta de enrolamiento o libreta cívica, DNI libreta verde, DNI libreta celeste, tarjeta del DNI libreta celeste (incluso el que contiene la leyenda “No válido para votar”) o el nuevo DNI tarjeta. Cualquier DNI sirve para votar, siempre y cuando sea el mismo que figura en el padrón o una versión posterior.

No podrán votar quienes presenten el “DNI en su celular” o DNI digital, según explica la CNE.

3. ¿Qué pasa si faltan boletas cuando llego al cuarto oscuro?
Puede ocurrir que, al llegar al cuarto oscuro, no haya boletas del partido o de la fórmula que se quiere votar. En ese caso, es necesario avisarle a la autoridad de mesa que faltan boletas, pero sin revelar el voto, ya que podría ser impugnado.

Según explica la CNE, la autoridad de mesa debe verificar que existan en todo momento boletas de las agrupaciones políticas. Los fiscales las repondrán a pedido del presidente de mesa o, en su defecto, el presidente lo hará con las boletas de contingencia entregadas por el servicio de Correo Argentino. En caso de que se agoten las boletas de contingencia, la responsabilidad de reponerlas es de los fiscales partidarios.

4. ¿Qué ocurre con las boletas no oficializadas?
Si al momento de votar la persona se encuentra con una boleta que parece no oficial, puede verificarla con su celular en la página de la CNE. Además, si el elector cree que se trata de una boleta no oficializada, puede avisar a la autoridad de mesa. “Cualquier anormalidad en el cuarto oscuro se le debe avisar a la autoridad de mesa”, enfatizaron desde la CNE.

“Si la Justicia detecta que antes de las elecciones están circulando boletas no oficializadas, avisa a las autoridades de mesa sobre este caso para que se tengan en cuenta aquellos votos.

Caso contrario, si los fiscales detectan una boleta no oficializada, pero consideran que la voluntad del elector es elegir esa fórmula, ese voto es recurrido (es decir, su validez o nulidad es cuestionada por alguno de los fiscales partidarios). Luego, en el escrutinio definitivo, los jueces de primera instancia definirán aquellos votos”, explicó la CNE en esta nota.

5. ¿Cómo se corta la boleta?
En las elecciones se puede cortar boleta, es decir, se puede votar a una agrupación distinta por cada categoría. Por ejemplo, se puede colocar la boleta oficializada para presidente y vicepresidente de un partido, y la de otra agrupación política para el resto de las categorías, como se explica en este instructivo de la CNE.

Para que el voto sea válido en su totalidad, lo importante en caso de cortar boleta es que no se vote a distintas agrupaciones para un mismo cargo. Si se vota, por ejemplo, a 2 agrupaciones políticas distintas para la categoría de presidente y vicepresidente, esa categoría específica se anula al momento del conteo de los votos. El resto será válido.

También puede ocurrir que no se vote a ninguna agrupación política para una de las categorías. Por ejemplo, si se vota a una agrupación para todas las categorías excepto la de presidente y vicepresidente, se trataría de un voto en blanco para presidente y un voto afirmativo para el resto de las categorías.

6. ¿Para qué sirve la constancia que me entregan luego de votar?
Al salir del cuarto oscuro, se coloca el sobre de la votación en la urna, se firma el padrón y se recibe una constancia de votación -que se recorta del padrón- firmada por el presidente de mesa, en la que figuran los datos del elector y la fecha.

Según indicaron desde la CNE a Chequeado, esta constancia sirve para que, en caso de que la persona aparezca en el Registro de Infractores al Deber de Votar y realmente haya votado, pueda hacer el reclamo correspondiente. “Es como el sello que antes ponían en el DNI”, explicaron desde la Cámara.

Fuente Chequeado y AFP.

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