La provincia regularizó la situación dominial del inmueble donde se encuentra la Casa de Gobierno

El gobernador y la escribana Mayor de gobierno firmaron la escritura pública que permite normalizar el registro de la propiedad ubicada en el casco histórico de la ciudad de Santa Fe.

Actualidad 07/12/2023 El Departamental El Departamental
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El gobernador de la provincia, Omar Perotti, junto a la escribana Mayor de gobierno, María Rojo, firmaron la escritura pública que permite regularizar la situación dominial del inmueble donde se emplaza la Casa de Gobierno, ubicada en calle 3 de Febrero 2649 de la ciudad de Santa Fe (y delimitada por las calles 3 de Febrero, San Jerónimo, Amenábar y San Martín).A través del decreto N°2571 del 9 de noviembre pasado, el gobernador autorizo a la escribana Mayor de gobierno a efectuar dicha escritura, norma que se propició a los fines de regularizar la situación dominial del histórico inmueble, ya que el Gobierno de la Provincia adquirió diferentes fracciones unificadas en una misma partida mediante distintas escrituras públicas.

Según croquis agregado a las actuaciones, cinco fracciones no presentaban antecedentes dominiales conocidos y se registraron los únicos datos recuperados a partir del estudio de linderos de las inscripciones dominiales. Otras tres fracciones fueron adquiridas por el Gobierno Provincial mediante dos escrituras diferentes y al no presentar inscripción en el Registro General de la Propiedad, subsistían los dominios a nombre de los propietarios particulares (el adquirido por escritura N°120 a nombre de Domingo Cullen, y el adquirido por escritura N°48 a nombre de Félix Pujato), y sólo dos fracciones (adquiridas por escrituras N°31 y N°86) fueron inscriptas a favor del Gobierno Provincial.

En consecuencia, restaba tramitar la inscripción de las Escrituras Públicas N°120 y N°48 ante el Registro General de la Propiedad a los fines de poder hacer valer frente a terceros el dominio que ya se encuentra adquirido por parte del Gobierno Provincial.

Cumplimentadas en el caso las disposiciones del Código Civil y Comercial el título jurídico del Estado provincial es inobjetable, restando darle una forma que lo haga susceptible de ser inscripto en el Registro General, para lo cual por el decreto N°2571 se autorizó a la Escribanía Mayor de Gobierno a efectuar la Escritura Pública Declarativa de Usucapión administrativa a favor del Superior Gobierno de la Provincia, sobre la fracción del inmueble mencionada.

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