Pablo Farías": Estamos construyendo una Carta Magna moderna y de cara a la ciudadanía.

Hoy trabajamos sobre los poderes Ejecutivo y Legislativo, quitando viejos privilegios como los fueros, poniendo fin a las reelecciones indefinidas y estableciendo la posibilidad de una reelección inmediata para todos los cargos electivos, y ampliando el período ordinario de sesiones legislativas.

Actualidad28 de agosto de 2025Carlos LuceroCarlos Lucero

Comenzamos a votar los artículos que van a integrar el texto de nuestra nueva Constitución.


(Fuente Aire) La Constitución de Santa Fe ya comenzó a experimentar sus primeras modificaciones avaladas por la Convención del 25. En la sesión de este miércoles, los convencionales avanzaron con los cambios que afectarán al funcionamiento del Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo de la provincia.

La Constitución de Santa Fe ya tiene sus primeros cambios avalados por la Convención del 25. Los convencionales aprobaron este miércoles modificaciones que afectarán al funcionamiento del Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo de la provincia, entre otros aspectos clave. Estos cambios serán ratificados una vez que se vote el texto completo de la nueva Carta Magna provincial.
 
Se han aprobado cambios en el Poder Ejecutivo y en el Poder Legislativo. Los ajustes abarcan tanto a la Cámara de Diputados como al Senado, estableciendo nuevas normas para su conformación, el mandato de sus miembros y los procedimientos legislativos.

Reelección del cargo de gobernador y vicegobernador

Entre los cambios principales se destaca la habilitación para que el gobernador y el vicegobernador mantengan un mandato de cuatro años, con la posibilidad de una reelección inmediata o de sucederse recíprocamente por un período consecutivo.

Además, en ese marco se votó también una cláusula transitoria que habilita al actual mandatario provincial, Maximiliano Pullaro, a volver a competir en 2027 para extender su titularidad ante la Casa Gris.

Cambios en la Cámara de Diputados

En cuanto a la conformación de la Cámara de Diputados, se estableció que será de cincuenta miembros elegidos directamente por el pueblo y el reparto de las bancas se hará mediante el sistema de representación proporcional, constituyendo la provincia un distrito único.

Novedades en la Cámara de Senadores

En cuanto a la Cámara de Senadores, se dispuso que son elegibles para el cargo los ciudadanos que tengan, por lo menos, 25 años de edad y dos años de residencia inmediata y efectiva en el departamento.

 Al igual que los diputados, los senadores tendrán un mandato de cuatro años y podrán ser reelegidos una sola vez de manera consecutiva.

Inicio del período de sesiones ordinarias

La nueva redacción de la Constitución también regula el funcionamiento de la Legislatura. El período de sesiones ordinarias se establece entre el 15 de febrero y el 30 de noviembre de cada año, aunque el Poder Ejecutivo podrá convocar sesiones extraordinarias para tratar asuntos específicos.

Las Cámaras podrán también convocarse a sesiones extraordinarias si lo solicitan al menos una cuarta parte de sus miembros.

Fueros parlamentarios

Otro cambio importante tiene que ver con los fueros o inmunidades parlamentarias. Ahora, los legisladores no podrán ser perseguidos judicialmente por sus opiniones o votos emitidos en el ejercicio de sus funciones.

 Sin embargo, podrán ser arrestados si son sorprendidos en flagrante comisión de delitos. Para cualquier otro tipo de acusación, se requerirá autorización de la Cámara correspondiente.

Iniciativas populares y nuevos mecanismos legislativos

Por último, se incorporó un mecanismo para la presentación de proyectos por parte de los ciudadanos. Ahora, los santafesinos podrán presentar proyectos de ley mediante iniciativa popular, siempre que no versen sobre temas como reformas constitucionales, presupuesto o tratados internacionales.

 Además, se establece que ningún proyecto de ley desechado por una de las Cámaras podrá repetirse en el mismo año legislativo. En cuanto a las listas de candidatos, deberán incluir, por lo menos, un candidato con residencia en cada departamento y respetando la paridad de género.  Los diputados deberán ser ciudadanos con al menos 21 años de edad, y en caso de no haber nacido en la provincia, deberán acreditar una residencia inmediata y efectiva de al menos dos años.

 El mandato será de cuatro años, con la posibilidad de reelección por un solo período consecutivo. En caso de reelección, los legisladores deberán esperar un período para poder postularse nuevamente.


 

 

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