COVID-19 San Cristóbal: Los negocios habilitados al público deberán cerrar a las 18 horas
Rubros habilitados y comprendidos que podrán abrir al público de 6 a 18 hs., la capacidad no debe superar el 30% de ocupación.
El gobierno Municipal en concordancia con las medidas adoptadas a nivel Nacional y Provincial confeccionó el Decreto Nº 0069 que comienza a regir en la ciudad a partir de hoy 22 de mayo desde las 18 horas y hasta el 30 de mayo del 2021 inclusive.
Rubros habilitados y comprendidos que podrán abrir al público de 6 a 18 hs., la capacidad no debe superar el 30% de ocupación.
- Supermercados Mayoristas y Minoristas
- Comercios Minoristas de proximidad de venta de alimentos
- Comercios de venta de higiene personal y limpieza
- Farmacias (perjuicio de los turnos de guardia)
- Ferreterías
- Veterinarias
- Provisión de Garrafas
El resto de los comercios de otros rubros y productos no incluidos en el párrafo anterior, sólo podrán realizar actividades comerciales a través de plataformas electrónicas, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio (delivery) o retiro, las que deberán conectarse en el horario de 6 a 18 hs.
Locales Gastronómicos
Deberán desarrollar la actividad sin habilitar la concurrencia de comensales, solo en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro (take-away) hasta las 23 horas.
- Bares
- Restaurantes
- Heladerías
- Otros autorizados a funcionar como tales
Personal Esencial
Se declaran esenciales a personas autorizadas a circular en el modo y con los protocoles oportunamente definidos.
- Personal de Salud, de Seguridad, Bomberos y Control de Tránsito
- Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
- Miembros del Poder Legislativo.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Servicios de lavandería. - Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
- Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas.
- Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad.
- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
- Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.
- Personal de ANSES en los términos de la Decisión Administrativa Nacional N° 810/20, artículo 2°, inciso 1
- Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.
- Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y bicicletas exclusivamente para vehículos afectados a la salud con autorización de habilitados para circular.
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
Todas las personas exceptuadas conforme este artículo deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
Actividades Físicas
Podrán realizar salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía en horarios autorizados para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conductas generales y obligatorias aquí establecidas.
Multas por incumplimientos
Se multará por incumplimiento de horarios de cierre y/o falta de protocolos presentados ante el municipio, en la cantidad de 200 a 500 TUM.
Te puede interesar
Todo dispuesto para la 2° final de “Oro” de la “Copa de Fútbol Departamento San Cristóbal”
El partido de vuelta se juega este miércoles 9 de Julio, a las 16 horas en el estadio del Club Sportivo Suardi.
Se entregaron $120.790.000 en créditos apícolas para productores del departamento San Cristóbal
Se trata de un financiamiento a 36 meses de plazo, con una tasa del 12% anual.
Provincia será querellante en la causa federal que investiga fentanilo del Laboratorio HLB
Intervendrá como parte acusadora en la investigación judicial iniciada por la distribución de fentanilo contaminado del laboratorio HLB Pharma, cuyos productos fueron retirados del sistema de salud en mayo. En los próximos días, la Fiscalía de Estado formalizará la presentación ante la Justicia Federal.
"Pensar la Constitución": conversatorio sobre ordenamiento territorial y planificación urbana
Se llevará a cabo hoy en la sede del Colegio de Arquitectura y Urbanismo Distrito 1-Santa Fe. Allí se debatirá sobre la importancia de incluir en reforma de la Constitución puntos vinculados al Ordenamiento Territorial y la Planificación Urbana.
El Senador Michlig y el Diputado González participaron en Ceres de la 4ª Fiesta de las Colectividades
En el marco de los 133 años de la Fundación de la ciudad, 13 colectividades exhibieron sus raíces a través de danzas, vestimenta típica y propuestas gastronómicas.
Un gaucho de Santa Fe creó un horno XXL y hace platos gigantes por el mundo: “Nuestra cultura es maravillosa”
Valentín tiene 25 años y es de Sauce Viejo. De boina y alpargatas comparte con los usuarios su pasión por la cocina. “Tenemos una cultura maravillosa”