
Michlig y Rigo entregaron un aporte a la Escuela "Domingo Faustino Sarmiento" de San Cristóbal
Destinado a obras de remodelación y refacción de los núcleos sanitarios de planta baja.
Con un decreto emanado del Ministerio de Educación, el Gobierno provincial señala las nuevas restricciones que se implementarán en los departamentos y poblaciones que se encuentran en alerta epimidiológica.
Mas Secciones - Educación18 de mayo de 2021VISTO:
El Expediente N° 00401-0313770-4 del registro del Sistema de
Información de Expedientes, cuyas actuaciones se relacionan con la necesidad de
formalizar la adopción de aquellas medidas en el Sistema Educativo Provincial, dentro del
proceso de gestión de la emergencia epidemiológica vigente;, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 0394 de fecha 04 de mayo de 2021, el
Consejo Federal de Educación, establece las condiciones de presencialidad cuidada, y las
acciones a seguir en situaciones de riesgo sanitario bajo, medio y alto, con detalle de las
actividades en el marco de una alarma epidemiológica y sanitaria y ampliación de recursos
disponibles para acompañar a las jurisdicciones;
Que las autoridades de Salud, indican los Departamentos y
localidades que se encuentran en el grado de alerta sanitaria, lo que determina adoptar
medidas que suspendan -entre otras actividades- la presencialidad en los Niveles Inicial,
Primario, Secundario y Superior como respecto de sus Modalidades Educativas asociadas,
a excepción de la Modalidad Especial, correspondiendo así formalizarlo;
Que sobre estos lineamientos, se dictó la Resolución Ministerial
N°0112121, por la cual ya se formalizaron los indicadores para que el Sistema Educativo
Provincial cuente con los elementos rectores de gestión del proceso de enseñanza y de
aprendizaje bajo la co-existencia de los formatos de educación presencial y en la distancia;
Que la presente medida se adopta conforme las competencias
establecidas en el artículo 1° del Decreto N°0324/20, como en el artículo 5°, inc.b),
apartados 4), 6), 8) y artículo 130, incs.1), 2), 3), 9) de la Ley N°13920;
Atento a ello;
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
1°) - Establecer la suspensión de clases presenciales en los Niveles Inicial,
Primario, Secundario y Superior como respecto de sus Modalidades Educativas asociadas,
a excepción de la Modalidad Especial, desde el 19 de mayo del corriente hasta que este
alerta perdure, en los Departamentos La Capital, Rosario, San Lorenzo y en las localidades
de Rafaela, Villa Minetti y María Teresa, atento al grado de alerta sanitaria registrada.Durante este período, los edificios escolares permanecerán abiertos con concurrencia del
Personal Directivo y del personal docente para mantener el vínculo pedagógico
organizados por equipos mediante el espacio virtual o de consultas en pequeños grupos con
distribución de materiales impresos, mientras que los servicios asistenciales a las alumnas
y alumnos se suministrarán conforme las modalidades que operaban bajo el mismo formato
no presencial.
2°) - Ratificar las condiciones definidas mediante la Resolución Ministerial N°
0112/21, para la gestión del proceso de enseñanza y de aprendizaje bajo la co-existencia de
los formatos de educación presencial y en la distancia, respectivamente.
3') - Hágase saber y archívese.
Lic. ADRIANA CANTERO
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