


Habilitación de ASSAl para el reparto y transporte de alimentos
Noelí Rojas
Esta habilitación es exigible a toda Unidad de Transporte de Alimentos (UTA), e incluye todos los servicios de distribución y reparto, dentro y fuera de la localidad. La finalidad, es garantizar la seguridad alimentaria durante el transporte y el reparto de los alimentos.
Es importante recordar que la habilitación es obligatoria para toda Unidad de Transporte de Alimentos (UTA) y vence el 31 de Diciembre de cada año, pudiéndose renovar a partir del mes de enero y hasta febrero, venciéndose el plazo el 28/02, conforme a la normativa provincial.
La falta de la documentación exigible, constituye infracción que, según el tenor y la gravedad de la misma, se penaliza con sanciones que van desde multa hasta intervención y comiso de la mercadería involucrada.
Por tal motivo, se solicita a todos los propietarios de vehículos de reparto y/o transporte de alimentos, se acerquen a la Agencia local para gestionar la renovación o habilitación.



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